viernes, 10 de febrero de 2017

CONVOCAN A CIUDADANO MUNDIAN CUBAS GONZALES
PARA ASUMIR CARGO COMO REGIDOR
DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAMPORREDONDO
RESOLUCIÓN N.° 1237-2016-JNE
Expediente N.° J-2016-00047-C01
CAMPORREDONDO - LUYA - AMAZONAS
CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO
VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Tomás Ortiz Huanambal, alcalde de la Municipalidad Distrital de Camporredondo, provincia de Luya, departamento de Amazonas, debido a que se declaró la vacancia del regidor Jesús Ascención Tuesta Gil, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
ANTECEDENTES
En sesión extraordinaria del 28 de diciembre de 2015 (fojas 9), el Concejo Distrital de Camporredondo declaró la vacancia del regidor Jesús Ascención Tuesta Gil, porque incurrió en la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), consistente en no asistir a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis sesiones no consecutivas durante tres meses.
Posteriormente, mediante Oficio N.° 004-2016-MDC, del 11 de enero de 2016 (fojas 2), el alcalde distrital solicitó que se convoque al suplente que corresponda para completar el concejo municipal.
Así, al verificar que el regidor Jesús Ascención Tuesta Gil no fue válidamente notificado con el acuerdo de concejo que declaró su vacancia, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones mediante Auto N.° 2, del 18 de julio de 2016, declaró nulo el acto de notificación y dispuso que se cumpla con notificar debidamente a la referida autoridad.
Ante ello, mediante Oficios N.° 154-2016-MDC y N.° 170-2016-MDC (fojas 100 a 101, y 113), recibidos el 3 y 31 de octubre de 2016, respectivamente, el alcalde distrital comunica que ha cumplido el mandato del colegiado electoral, acompañando la respectiva documentación.
CONSIDERANDOS
1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor la declara el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.
En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes a este.
2. En este caso, se verifica que el regidor Jesús Ascención Tuesta Gil no asistió a las sesiones ordinarias de fechas 14 y 28 de setiembre, 23 de noviembre y 3 de diciembre de 2015. Es así que, en la sesión extraordinaria del 28 de diciembre de 2015, el concejo distrital declaró su vacancia, debido a que incurrió en la causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la LOM. Esta decisión se notificó a la autoridad afectada el 22 de setiembre de 2016 (fojas 106).
3. Asimismo, con la constancia expedida por la secretaria de la corporación municipal el 18 de octubre de 2016 (fojas 114), se acredita que el regidor Jesús Ascención Tuesta Gil no presentó ningún recurso impugnatorio contra la referida decisión del concejo.
4. En consecuencia, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, se debe convocar a Mundian Cubas Gonzales, identificado con DNI N.° 80495466, candidato no proclamado de la organización política Alianza Para el Progreso, a fin de completar el número de regidores del Concejo Distrital de Camporredondo, provincia de Luya, departamento de Amazonas.
5. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamación de resultados, del 24 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Bongará, con motivo de las elecciones municipales del año 2014.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Jesús Ascención Tuesta Gil como regidor del Concejo Distrital de Camporredondo, provincia de Luya, departamento de Amazonas, emitida con motivo de las elecciones municipales de 2014, por incurrir en la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Mundian Cubas Gonzales, identificado con DNI N.° 80495466, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Camporredondo, provincia de Luya, departamento de Amazonas, a fin de completar el periodo municipal 2015-2018, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que lo faculte como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.


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